
Renovación de licencias no profesionales
Descripción:
Se concede cuando se caduca la licencia tipo A, B o F. (Se puede renovar hasta con 90 días previos a la caducidad).
Requisitos:
- Original de licencia de conducir caducada.
- En caso de pérdida o robo, presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. Puede realizar la denuncia aquí. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía.
- Original del resultado del examen psicosensométrico realizado en una de las Escuelas de Capacitación autorizadas por la ANT, vigente y aprobado.
- Original de la cédula de identidad y/o ciudadanía.
- Original del comprobante de pago.
Procedimiento:
- Genera una orden de pago Aquí.
- Paga el valor del trámite con tu orden de pago (Conoce los Puntos de Pago autorizados).
- Una vez realizado el pago, obtén un turno para la emisión de licencia (Obtén tu turno Aquí).
- Acercarse a la Agencia que consta en tu turno, 15 minutos antes de la hora asignada.
- Espera que llamen a tu turno y
- Realiza la evaluación teórica. Puedes revisar el Banco de Preguntas y el Simulador de Examen.
- Espera la entrega de tu licencia.
Costos:
* En caso de ser persona natural extranjera, deberá presentar el Certificado de haber culminado la educación básica, el mismo que debe ser apostillado, traducido al español y notarizado.
* En caso de renovación de licencia tipo F se requiere presentar el certificado médico psicológico emitido por el Ministerio de Salud Pública. No se requiere traer turno web impreso.
Consideraciones:
- En caso de pérdida o robo presentar la denuncia realizada ante el Consejo de la Judicatura. No es necesario que esté firmada y/o sellada por la Fiscalía. Puedes realizar la denuncia Aquí.
- El examen psicosensométrico tendrá una duración de 60 días calendario desde la fecha de emisión de la Escuela de Conducción autorizada por la ANT.
- Pagar el valor de multas e infracciones pendientes, caso contrario no podrá realizar el trámite.
- Las licencias de conducir para conductores profesionales y no profesionales sin excepción tendrán una vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de expedición.