
Licencias de conducir Tipo G
Descripción:
Licencia de conducir para maquinaria agrícola, maquinaria pesada, equipos camineros (tractores, moto niveladoras, retroexcavadoras, montacargas, palas mecánicas y otros).
Requisitos:
- Original del título y acta de grado de conductor profesional tipo G, otorgados por una escuela de capacitación autorizada por la ANT.
- Original del permiso de aprendizaje tipo G.
- Original del resultado del examen psicosensométrico, aprobado.
- Original de la cédula de identidad y/o ciudadanía.
- Original del certificado o carné de tipo sanguíneo extendido por la Cruz Roja Ecuatoriana.
- En caso de ser persona natural extranjera, deberás presentar el certificado de haber culminado el primero de bachillerato, el mismo que deberá ser apostillado, traducido al español y notariado.
Procedimiento:
- Genera una orden de pago Aquí
- Paga el valor del trámite con la orden de pago (Conoce los Puntos de Pago autorizados).
- Una vez realizado el pago, obtén un turno para la emisión de licencia (Aquí).
- Acércate a la agencia que consta en tu turno, 15 minutos antes de la hora asignada.
- Espera que llamen a tu turno y entrega los documentos que constan en los requisitos.
- Realiza la evaluación teórica. Puedes revisar el Banco de Preguntas.
- Espera la entrega de tu licencia.
Costos:
Consideraciones:
- Todos los documentos deberán ser originales emitidos por la Escuela de Conducción.
- Constar en los listados enviados por las Escuelas de Conducción de Choferes Profesionales legalmente autorizados.
- De acuerdo a la Resolución Nro. 026-DE-ANT-2022, Art. 3, todos los exámenes psicosensométricos y aquellos documentos que constituyen requisitos previos a la obtención por primera vez, renovación y duplicados de licencia de conducir que de acuerdo con su fecha han caducado y se hayan emitido desde el 01 de enero de 2020 serán válidos hasta la obtención de las licencias de conducir mientras se encuentre vigente la prórroga.
- Cancelar el valor de las multas e infracciones pendientes, caso contrario no podrá realizar el trámite.
- Las licencias de conducir para conductores profesionales y no profesionales sin excepción tendrán una vigencia de cinco años, contados a partir de la fecha de su expedición.