Disco PARE se activará obligatoriamente por el inicio de clases en la Sierra y Amazonía del Ecuador

DM de Quito, 26 de agosto de 2019

Con el fin de evitar los siniestros de tránsito y precautelar la vida de los estudiantes, todos los conductores de vehículos de transporte escolar e institucional deben utilizar obligatoriamente el dispositivo Disco PARE, para el inicio de clases 2019 -2020, en las regiones Sierra y Amazonía del Ecuador, según consta en el instructivo emitido para este efecto por la Agencia Nacional de Tránsito-ANT, mediante la Resolución N° 41 de 2018.

El dispositivo Disco PARE, es una señal regulatoria que controlará el tránsito y prevendrá cualquier peligro que podría presentarse en la circulación vehicular alrededor de un vehículo escolar e institucional detenido, cuyo incumplimiento se constituye en una inobservancia a la normativa vigente.

Este dispositivo se desplegará únicamente para el embarque o desembarque de los usuarios del transporte escolar e institucional y su utilización permite que los conductores de vehículos aledaños al transporte escolar e institucional puedan tener un tiempo adecuado de reacción y respuesta.

Cuando el dispositivo Disco PARE de los vehículos de transporte escolar-institucional se encuentre activo, todos los vehículos a su alrededor deben tener las siguientes previsiones: mantenerse alerta al circular en las cercanías de un vehículo escolar, si visualiza la activación de las luces de parqueo y el DISCO PARE deberá detenerse al menos 3 metros antes de llegar al transporte escolar y podrá iniciar la marcha una vez que se desactive el DISCO PARE; cuando existan vías de 3 o más carriles, únicamente los vehículos que se aproximen por el mismo carril y por el carril aledaño al transporte escolar se detendrán, los vehículos que circulen a partir del tercer carril no deberán detenerse y en vías divididas por un parterre, los conductores del otro lado del parterre que se aproximan en sentido contrario, no tienen que detenerse.

Por su parte los conductores de los buses escolares, para poner en marcha el vehículo, deberán verificar que todos los ocupantes se encuentren en su asiento y con el cinturón de seguridad debidamente colocado.

No usar el dispositivo, de acuerdo al Artículo 389 del Código Orgánico Integral Penal –COIP, es una contravención de tránsito de cuarta clase, sancionada con una multa equivalente al treinta por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general (30% SBU), y reducción de seis puntos en su licencia de conducir:

4.- Las   o   los   conductores   de   vehículos   de   transporte escolar que no porten elementos distintivos y luces especiales de parqueo, que reglamentariamente deben ser utilizadas en   las paradas para embarcar o desembarcar estudiantes”.

Artículo 390.- Contravenciones de tránsito de quinta clase.- Será sancionado con multa equivalente al quince por ciento de un salario básico unificado del trabajador en general y reducción de cuatro punto cinco puntos en su licencia de conducir:

“15. La o el conductor que adelante a un vehículo de transporte escolar, mientras éste se encuentre estacionado en lugares autorizados para tal efecto, y sus pasajeros estén embarcando o desembarcando”.

También recordamos a la ciudadanía, que la persona que destruya, inutilice o menoscabe los dispositivos de control de tránsito o señalética, estará obligado a la reparación por los daños ocasionados, en concordancia con el Art. 393 del COIP, por ser una Contravención de primera clase y además será sancionado con trabajo comunitario de hasta cincuenta horas o pena privativa de libertad de uno a cinco días.

Los operativos de control del uso del dispositivo son de estricta responsabilidad de los Entes de Control correspondientes, en cada una de sus jurisdicciones. Más información en el “Instructivo que determina el Procedimiento para la Utilización Obligatoria del Dispositivo Disco PARE en el Transporte Terrestre Comercial Escolar e Institucional”, contenido en la Resolución N° 41 expedida por el Directorio de la Agencia Nacional de Tránsito, como ente regulador del transporte terrestre, el 18 de mayo de 2018.

DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL


 

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